ACETIPRO TM

INMEJORABLE RATIO CALIDAD-PRECIO-PRESTACIONES

Vinagre Tamponado ACETIPRO™ 

Vinagre Tamponado ACETIPROTM (e-267) como conservante alimentario autorizado en la UE.

Vinagre tamponado ACETIPRO™  (E-267) 

El uso de vinagre tamponado ACETIPRO™ (E-267) (ND Pharma) como conservante alimentario está autorizado por la legislación alimentaria vigente para diversas categorías de alimentos en la Unión Europea, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2023/2086, tras la correspondiente evaluación técnica, legal y de seguridad por parte de la EFSA. 

Categorías de Alimentos Autorizadas

La legislación comunitaria permite el uso de vinagre tamponado ACETIPRO™ (E-267) en diversas aplicaciones alimentarias, estableciendo un marco claro para su incorporación en productos específicos. Estas categorías han sido cuidadosamente seleccionadas después de evaluaciones de seguridad y eficacia.

Preparados de Carne

De acuerdo con las normativas específicas de la UE establecidas en el Reglamento (CE) nº 853/2004, incluyendo diversos tipos de embutidos y preparados frescos.

Quesos Frescos

Mozzarella (excepto cuando se utiliza en postres), requesón y queso de suero, excluyendo otros tipos de quesos curados o semicurados..

Pastas y Ñoquis

Pastas alimenticias frescas y precocidas, incluyendo específicamente los ñoquis de patata refrigerados que requieren conservación especial..

Pan Tradicional

Pan elaborado exclusivamente con harina de trigo, agua, levadura/masa madre y sal, siguiendo métodos tradicionales.

Vegetales en Conserva

Frutas y hortalizas en conserva, enlatadas o embotelladas, donde actúa como conservante y regulador de acidez.

Estas categorías reflejan productos donde el vinagre tamponado ACETIPRO™ puede ofrecer beneficios significativos en términos de conservación y calidad, sin comprometer la seguridad alimentaria.

La autorización se ha concedido específicamente para estos grupos de alimentos tras un riguroso proceso de evaluación por parte de las autoridades europeas competentes.

Conservación de Vegetales.

Mejora la estabilidad y vida útil.

Productos Cárnicos

Preserva la textura y la seguridad microbiológica

Conservas y Encurtidos

Mantiene la calidad sensorial y pH seguro

Alimentos Procesados

Contribuye a la estabilidad y cumplimiento normativo.

Producción y tecnología

Consideraciones Tecnológicas y de Producción

El vinagre tamponado ACETIPRO™ se compone de vinagre tratado con tampones de hidróxido de sodio/potasio (E-524/E-525) y carbonato de sodio/potasio (E-500/E-501). Esta composición le confiere propiedades especiales que lo diferencian del vinagre convencional, ofreciendo ventajas significativas como conservante y regulador de acidez en aplicaciones alimentarias.

Una de sus características más notables es su acción contra microorganismos gramnegativos, especialmente Salmonella y E. coli, lo que lo convierte en un ingrediente valioso para mejorar la seguridad microbiológica de los alimentos. Su eficacia antimicrobiana, combinada con su origen natural, lo posiciona como una alternativa interesante a otros conservantes sintéticos.

opinión favorable de la e.f.s.a.

Confirma que no existen riesgos para el consumidor si se utiliza en los niveles máximos especificados.

Desde el punto de vista de la producción, el E-267 demuestra una notable versatilidad, ya que puede utilizarse tanto en formato líquido como en polvo, adaptándose así a diferentes procesos de producción y tipos de alimentos. Esta flexibilidad facilita su incorporación en diversas matrices alimentarias sin alterar significativamente los procesos de fabricación existentes.

La norma técnica que regula su producción y características se alinea con la norma europea EN 13188:2000, que establece los parámetros de calidad y seguridad que debe cumplir. Esta norma garantiza la consistencia y fiabilidad del producto, independientemente del fabricante, asegurando así su eficacia y seguridad en todas las aplicaciones autorizadas.

E.F.S.A

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) ha llevado a cabo una evaluación exhaustiva del vinagre tamponado ACETIPRO™ (E-267) antes de su aprobación como aditivo alimentario. Este proceso de evaluación científica independiente constituye la base de la garantía de seguridad para los consumidores europeos, ya que analiza todos los aspectos toxicológicos y de exposición potencial.

Cómo Evalúa la E.F.S.A.

Es importante destacar que esta autorización de uso se basa en sólidas pruebas científicas que demuestran que el consumo de alimentos que contienen vinagre tamponado ACETIPRO™, dentro de los patrones de consumo habituales, no representa un riesgo para la salud.

La evaluación incluye estudios sobre toxicidad aguda y crónica, genotoxicidad, carcinogenicidad y otros parámetros relevantes para la seguridad alimentaria.

QUANTUM SATIS

Dosis Autorizadas

La dosis autorizada para el vinagre tamponado ACETIPRO™ se establece como «quantum satis», un término técnico que significa que se puede usar la cantidad necesaria para lograr el efecto tecnológico deseado, siempre respetando las buenas prácticas de fabricación. Este enfoque flexible permite a los fabricantes optimizar el uso del aditivo de acuerdo con las características específicas de cada producto, asegurando su eficacia sin exceder los niveles seguros.

A DEMANDA DEL ELABORADOR

Qué significa «quantum satis»?

El término «quantum satis» (cantidad suficiente) indica que no existe un límite numérico máximo específico, pero el aditivo debe usarse de acuerdo con las buenas prácticas de fabricación, en una cantidad no mayor a la necesaria para lograr el propósito deseado y sin engañar al consumidor.

Requisitos Específicos de Etiquetado por País (UE)

Particularidades Clave por Países de la UE

Este marco regulatorio garantiza que los consumidores reciban información adecuada y que el comercio internacional de alimentos sea transparente y seguro. Para los fabricantes que utilizan aditivos como el vinagre tamponado ACETIPRO™ (E-267), es esencial conocer estas especificidades nacionales para asegurar un etiquetado conforme en cada mercado de destino. Aunque los principios básicos son similares en la mayoría de los mercados desarrollados, las diferencias en los detalles pueden ser significativas y requerir adaptaciones específicas en el etiquetado.

Para productos que contienen E-267 destinados a la exportación, es fundamental verificar los requisitos específicos de etiquetado de cada país de destino, ya que la aceptación y designación de aditivos pueden variar significativamente entre diferentes jurisdicciones.

alemania

No existe un requisito general de etiquetado obligatorio para los envases, pero para las exportaciones, deben cumplirse los requisitos del país de destino. Uso voluntario de etiquetas medioambientales y otros símbolos en los envases como el «Punto Verde» (Der Grüne Punkt).

francia

El logotipo Triman es obligatorio en los envases domésticos para indicar el reciclaje y la correcta eliminación. El etiquetado engañoso ha sido sancionado específicamente desde 2020 con penas más severas. Implementación del sistema Nutri-Score como un esquema voluntario pero ampliamente adoptado.

italia

Desde 2023, todos los envases deben llevar códigos para identificar el material e instrucciones de reciclaje en italiano. Las sanciones por incumplimiento son particularmente altas. Énfasis especial en la indicación del origen de los ingredientes principales en ciertos productos.

españa

A partir de 2025, será obligatorio incluir un pictograma para el contenedor de residuos en los envases, alineado con la legislación europea y el Real Decreto 1055/2022. Regulación específica para denominaciones de origen protegidas y productos tradicionales.

regulación en otros países y territorios

Fuera de la UE

Los requisitos varían considerablemente entre los países que no pertenecen a la Unión Europea. En general, estos países exigen que la información clave sea clara y esté en el idioma oficial del territorio, pero algunos establecen declaraciones cuantitativas específicas o advertencias adicionales no requeridas en la UE.

Estados Unidos:

La FDA exige un formato de etiquetado nutricional diferente al europeo. La declaración de alérgenos sigue un enfoque distinto y existen regulaciones específicas para alimentos «sin gluten» y otras declaraciones nutricionales.

Reino Unido:

Después del Brexit, mantiene requisitos similares a los de la UE, pero con algunas divergencias crecientes, especialmente en lo que respecta a las indicaciones de origen y los esquemas de etiquetado voluntario.

Canadá:

Requisitos bilingües (inglés y francés) y regulaciones específicas para ciertos ingredientes. Sistema de etiquetado frontal obligatorio para advertir sobre altos niveles de grasas saturadas, azúcares y sodio.

Japón:

Un sistema de etiquetado muy detallado con requisitos específicos para aditivos y alergias. Enfoque particular en la información relativa a la modificación genética.